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¿Ha tenido un accidente de tráfico? ¿Cómo reclamar la indemnización?
La indemnización es un derecho que tiene tanto el conductor (vehículo, taxi, motocicleta,…) como los acompañantes para compensar las lesiones o secuelas producidas en un accidente.

 ¿Quienes serán los beneficiarios de la indemnización?

• El conductor que recibe el golpe tiene derecho a reclamar por daños y perjuicios.
• Los acompañantes siempre (cuando han resultado lesionados) tienen derecho a una indemnización aunque sea culpable el conductor.
• El peatón que haya sufrido un atropello salvo culpa exclusiva de la víctima.
• Los familiares de la persona fallecida dependiendo del grado de parentesco y el nivel de dependencia económica con la víctima.

Cuando el vehículo contrario no tiene seguro o se da a la fuga, ante la reclamación de indemnización por Accidente de Tráfico responderá el Consorcio de Compensación de seguros.

¿Qué plazos legales existen para solicitar la reclamación por Accidente de Tráfico?
• 6 meses desde la fecha del accidente para interponer la Denuncia
• 1 año desde la fecha de curación para interponer Demanda Civil
• 1 año para reclamar daños materiales
• 7 días para notificar a la compañía de seguros

¿Cómo calculamos la indemnización?
La indemnización trata de compensar una situación perjudicial para el lesionado con la idea de que su situación actual se asemeje lo más posible al estado que se encontraba antes del accidente.

Para ello se valorará el tiempo requerido para su curación y las secuelas producidas por el accidente.

Estos valores están tasados por Ley, sus cuantías son actualizadas anualmente y recogen la valoración de los daños y perjuicios ocasionados a las personas en accidentes de circulación distinguiendo entre:
• Indemnización por muerte
• Indemnización por incapacidad permanente (secuelas) e
• Indemnización por incapacidad temporal (días de curación: régimen hospitalario, impeditivos y no impeditivo). Éstas últimas serán compatibles con otras indemnizaciones.

Tabla de Indemnizaciones básicas lesiones permanentes. Indemnización básica (incluidos daños morales):
• Días en régimen hospitalario: 71,63€/diarios
• Días impeditivos: El lesionado no puede realizar su actividad habitual (Ama de casa, opositor, estudiante, trabajador, jubilado,..) 58,24€/diarios
• Días no impeditivos: Requiere tratamiento médico pero no impide realizar su actividad habitual 31,34€/diarios

Los importes que nos facilita el baremo pueden aumentar dependiendo de las circunstancias personales: las rentas de la víctima, edad, profesión, hijos de cónyuge separado, etc…. Para los profesionales autónomos, la reclamación de indemnizaciones por accidente de tráfico es distinta.

No sólo se puede reclamar la indemnización por lesiones sino también una indemnización por lucro cesante, es decir la pérdida económica que conlleva el no desempeñar su actividad profesional, los daños sufridos en su vehículo de trabajo e incluso la pérdida de materiales de trabajo en el accidente. Además los Gastos Médicos y peritajes necesarios, asistencia letrada, combustible para asistir a las sesiones de rehabilitación...

Para cuantificar los daños materiales se tienen en cuenta el valor de mercado sobre los bienes dañados o perdidos.

¿Tributa a Hacienda la Indemnización?
Si la indemnización se ajusta a los baremos establecidos por la normativa o bien se fija en un procedimiento judicial (sentencia, conciliación, desistimiento, renuncia,…) no tributa. Sólo es posible su tributación cuando el acuerdo entre las partes ha sido extrajudicialmente, en tal caso tributará en la declaración del IRPF por el exceso como ganancia patrimonial.

¿Qué se debe tener en cuenta a la hora de reclamar la indemnización?
Es la compañía de seguros del vehículo quien tiene la obligación de indemnizar, salvo que el conductor no tenga seguro contratado o se dé a la fuga siendo responsabilidad del Consorcio de Compensación de Seguros (entidad perteneciente al Ministerio de Economía).

Para realizar la reclamación de la indemnización se puede optar por la vía extrajudicial, la compañía de seguros tiene obligación de presentar una oferta al reclamante que puede aceptar o no. Si no hay acuerdo se presenta una denuncia para iniciar un procedimiento penal o bien una demanda en la vía civil cuando los daños han sido materiales.

¿Cómo saber si me indemnizan con lo que realmente me corresponde?
El abogado reclamará la máxima indemnización. Las pólizas de seguro contienen una cláusula de coberbura jurídica por la cual la compañía aseguradora se obliga a garantizar el asesoramiento a su cliente a través de un letrado que defienda sus intereses. Para ello el asegurado puede optar por el abogado que conozca y considere más oportuno a la hora de luchar por una indemnización que por derecho le corresponde o bien conformarse con el importe que le ofrece la compañía de seguros desconociendo el alcance que puede tener dicha indemnización.

El abogado ofrece también la posibilidad de renegociar dicha cantidad siendo ésta más favorable sin necesidad de llegar a juicio, aplicará su experiencia y conocimientos como Especialista en Accidentes de Tráfico para obtener la máxima indemnización.

¿Es obligatorio aceptar el abogado que le propone su Compañía?
No. Si tiene defensa jurídica contratada en la póliza tienes derecho a la libre elección de abogado

¿Quién se responsabiliza del abono de la indemnización?
La compañía aseguradora será quien abone dicha indemnización junto con la totalidad o práctica totalidad de los honorarios del abogado en función de la cobertura de defensa jurídica, es decir el lesionado no tiene que asumir ningún gasto para la tramitación de la indemnización.

¿Cómo reclamar la pérdida de objetos o dinero en un Accidente de Tráfico?
Reclamación por daños materiales en ACCIDENTE DE CIRCULACION

¿Qué consideramos daños materiales en un accidente de tráfico?
En un accidente de tráfico los daños materiales son los producidos al vehículo y los objetos que han sido dañados a consecuencia del siniestro.

¿Cuándo debe notificar a su compañía aseguradora?
Si su vehículo ha sufrido daños debe avisar a su compañía en un plazo de 7 días. La compañía designará un perito para comprobar los daños del vehículo y emite una valoración sobre los mismos.

Conforme a ello el propietario del vehículo tiene derecho a:
• El importe de la reparación que determina el perito según la valoración del vehículo.
• También tiene derecho a reclamar otros daños materiales como por ejemplo:la pérdida o daños sufridos por los objetos transportados, la rotura de unas gafas, de la ropa, móvil, etc…, e incluso a la reclamación de otros gastos ocasionados a consecuencia del accidente como por ejemplo: desplazamiento en transporte público, gestoría, alquiler de otro vehículo mientras tenemos nuestro vehículo en el taller...

Para ello es conveniente incluir estos daños o gastos en la declaración del accidente o denuncia y conservar los objetos que han sido dañados junto con sus correspondientes facturas o gastos derivados del accidente.

El perjudicado tiene derecho a elegir si desea reparar su vehículo (siempre que no exceda de forma significativa el valor del vehículo en el mercado) o bien recibir la indemnización, dicha indemnización será suficiente para adquirir en el mercado un vehículo de las mismas características que cumpla con similares funciones a las que venía realizando el vehículo siniestrado.

La aseguradora le indemniza por el valor venal del coche, ¿qué es?
La aseguradora ofrecerá un importe por el valor en el mercado de su vehículo, no obstante lo correcto sería incluir todos los gastos anexos a la compra de un nuevo vehículo, es decir para adquirir un vehículo de las mismas características al que teníamos antes del accidente tendremos que asumir unos gastos para su adquisición, además, desconocemos si el vehículo nuevo tiene algún defecto que no es visible aparentemente, cambio de titularidad, nueva matriculación, modificación en Tráfico del nuevo vehículo, gastos de cancelación del préstamo del vehículo anterior, impuestos, comisión que nos cobra el concesionario que nos vende el vehículo...

¿Cómo se renegocia el importe con la aseguradora?
Lo ideal es que lo tramite una persona Experta en Accidentes de Tráfico sobretodo porque es conocedora de los perjuicios ocasionados en estas situaciones: económicos, morales, disposición de su tiempo, malestar... con el fin de obtener una reclamación justa y acorde a la situación personal del perjudicado.